El presente documento regula los términos y condiciones bajo los cuales usted tiene la facultad de acceder y usar las plataformas digitales (sitio web www.sportlifesanmiguel.cl, aplicación móvil o cualquier información, texto, video u otro material comunicado por Academias de Gimnasios Lebanon Fitness Limitada vía online); o adquirir, contratar, pagar y usar los servicios que ofrece Sportlife San Miguel.
El presente instrumento forma parte integrante del “Contrato Individual de Alumno(a)” que Sportlife San Miguel (ambos en adelante “SSM” o “Academia de Gimnasio”) celebra con sus Alumno(a)s. En éste quedan establecidas las normas bajo las cuales deberán regirse todos los Alumno(a)s o usuarios de Sportlife San Miguel. Se entiende por “Alumno(a)” el usuario de los servicios que presta Sportlife San Miguel según el Plan de Entrenamiento pactado en su Contrato Individual de Alumno(a) o en Convenio Corporativo vigente.
En el sitio web y aplicación usted podrá usar, sin costo, el software que le permita navegar, visitar, revisar, cotizar, comparar y comprar los servicios Sportlife San Miguel. Le recomendamos que lea detenidamente estas Condiciones e imprima o guarde una copia de las mismas en la unidad de disco local para su información.
Para ingresar y hacer uso de la aplicación usted deberá tener usuario y clave que se generarán una vez se convierta en Alumno activo. El término del plan de entrenamiento necesariamente produce el término del acceso a la app. Al adquirir los servicios, el Alumno(a) acepta los términos y condiciones establecidas a continuación. Como prueba del conocimiento y aceptación de los mismos, el Alumno(a) deberá marcar la sección “He leído y acepto el contrato de servicio y los términos y condiciones asociados a la compra” si está conforme, para que pueda acceder a la pantalla de pago una vez seleccionado el servicio requerido. Si no los acepta, no podrá pagar ni adquirir el servicio.
Los presentes términos y condiciones estarán vigentes a partir de su publicación por el medio respectivo. SPORTLIFE SAN MIGUEL se reserva el derecho a modificar unilateralmente estos términos y condiciones en cualquier momento y estos cambios se aplicarán a aquellas transacciones que se realicen con posterioridad a su fecha de publicación. Todas las modificaciones de estos términos y condiciones de compra se publicarán online. El Alumno(a) estará sujeto a aquella versión del presente documento que aceptó en el momento de su compra. El uso de las plataformas online y la aplicación de estos Términos y Condiciones se encuentran sujetos y sometidos a las leyes vigentes de la República de Chile y en especial a la ley sobre protección de los derechos de los consumidores y la ley de protección de datos personales.
Artículo 1°: SERVICIOS SPORTLIFE SAN MIGUEL.- SPORTLIFE SAN MIGUEL presta servicios de entrenamiento físico en sus instalaciones y máquinas ubicadas en las dependencias de SPORTLIFE SAN MIGUEL, ya sean ejecutados por el Alumno(a) en forma guiada y personal o en forma independiente de acuerdo a un plan de entrenamiento sugerido o libre y clases grupales de
distintas especialidades guiadas por un profesor de educación física o profesional de profesión preparador físico en los horarios establecidos.
Artículo 2°: REGISTRO.- No es necesario estar registrado en la página web para comprar en www.sportlifesanmiguel.cl.
En caso de registrarse en el sitio, el usuario contará con una contraseña secreta de la cual podrá disponer e incluso modificar si así lo requiriere. Respecto de la confidencialidad de la contraseña, serán responsables el usuario y el administrador dentro del ámbito que a cada uno corresponda.
Artículo 3°: CÓMO CONTRATAR.-
Para hacer compras o contratar los servicios que se exhiben en la página web www.sportlifesanmiguel.cl o aplicación, usted deberá seguir los siguientes pasos:
Cumplido con lo anterior se perfecciona el contrato con la sociedad prestadora respectiva haciéndose el cargo en el medio de pago seleccionado, se enviará el comprobante en formato electrónico y se enviará a su correo el contrato individual con la respectiva sociedad contratante y prestadora del servicio.
Los contratos por medios electrónicos se entenderán celebrados con la empresa una vez validada la transacción por parte del proveedor, enviando copia de la aceptación del contrato y de la confirmación escrita de la transacción, lo que será enviado al correo electrónico indicado por el consumidor, confirmación escrita del mismo.
Toda aceptación de oferta quedará sujeta a la condición suspensiva de que SPORTLIFE SAN MIGUEL valide la transacción. En consecuencia, para toda operación que se efectúe, la confirmación y/o validación o verificación por parte del proveedor, será requisito para la formación del consentimiento. Para validar la transacción el proveedor deberá verificar:
Respecto de las compras realizadas a SPORTLIFE SAN MIGUEL mediante cualquier medio electrónico, no se podrá ejercer derecho de retracto, en conformidad Art. 3º bis, letra b, Ley Nº 19496. Es decir, no se podrá desistir de la compra del servicio o poner término unilateral al contrato por la sola voluntad del consumidor y exigir la devolución del precio pagado, una vez que se haya formado el consentimiento de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores.
Artículo 4° DERECHOS DE LOS ALUMNO(A)S.-
El Plan de Entrenamiento contratado con SPORTLIFE SAN MIGUEL da derecho a cada Alumno(a) a hacer uso en forma ilimitada de las instalaciones o actividades de carácter general que ésta ofrece a sus Alumno(a)s durante los días de funcionamiento, en el horario de atención del club y horario de clases ofertado, previa reserva de cupo para clases que debe efectuar el Alumno(a) por cualquiera de los distintos medios digitales que la compañía pone a su disposición.
Se exceptúan expresamente de este punto los Planes o clases con horario restringido o los entrenamientos personalizados y las actividades especiales por constituir prestaciones adicionales, como, por ejemplo, y sin que constituya limitación: Nutrición y Clases de Adulto Mejor, y las demás clases o actividades así calificadas por SPORTLIFE SAN MIGUEL y debidamente informadas y ofrecidas a sus Alumno(a)s, las cuales tienen un costo adicional y horario a determinar.
SPORTLIFE SAN MIGUEL se compromete al respeto irrestricto de los derechos fundamentales (DD.FF) de todos sus Alumno(a)s. En este sentido, la Academia de gimnasio, velará porque sus servicios sean siempre compatibles con el correcto ejercicio de sus DD.FF., por lo que, la Academia de Gimnasio se compromete a respetar la inclusión, la equidad y la no discriminación de acuerdo a lo establecido en sus Política de Diversidad, Inclusión e Igualdad de Oportunidades de SPORTLIFE SAN MIGUEL, para la erradicación de dichas prácticas. En SPORTLIFE SAN MIGUEL, nos enorgullece
reafirmar nuestro compromiso inquebrantable con la igualdad y la eliminación de cualquier forma de discriminación de género en nuestras instalaciones. Creemos firmemente en la importancia de crear un entorno inclusivo y respetuoso para todos nuestros Alumnos. De esta forma, nuestras dependencias están diseñadas para ser espacios donde la diversidad es celebrada y donde cada individuo se sienta cómodo y representado. El sector de vestuarios, con su enfoque sin distinción de género, refleja nuestra dedicación a proporcionar instalaciones que respeten la identidad y elección de cada Alumno.
Las instalaciones de SPORTLIFE SAN MIGUEL están equipadas con un área de vestuarios que consta de una zona de descanso y casilleros, donde los Alumno(a/e)s podrán guardar sus pertenencias según lo regulado en este mismo documento.
Atendido que nuestras dependencias pueden ser utilizados por menores de edad, se encuentra absolutamente prohibido transitar o permanecer en ropa interior, traje baño, y/o parcial o completamente desnudo(a) fuera del área de vestuario, las que no cuentan con seguros o trabas en sus puertas por motivos de seguridad de los usuarios(as) al interior. Esta medida se adopta en cumplimiento con la normativa vigente y en consonancia con los tratados internacionales que resguardan los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El servicio y las dependencias de SPORTLIFE SAN MIGUEL pueden ser utilizados tanto por menores como mayores de edad. Por lo mismo, entendiendo que los menores de edad son una población que requiere un mayor cuidado, los Alumno(a)s y SPORTLIFE SAN MIGUEL se comprometen a darles un trato correcto, digno y respetuoso, así como informar al personal encargado del club cualquier acto que pueda vulnerar o implicar un riesgo para los niños, niñas y/o adolescentes. Los Alumnos menores de 14 años que quieran hacer uso de los servicios e instalaciones fuera de los programas, planes y servicios diseñados por SPORTLIFE SAN MIGUEL para menores de edad, deben actuar representados, siendo su representante legal el responsable del servicio y su contratación para todos los efectos legales. Además, deberá contar con la autorización expresa y por escrito de SPORTLIFE SAN MIGUEL y contar con la contratación y acompañamiento de un entrenador personalizado. Los diferentes contratos deben ser firmados por personalmente por el apoderado. El padre, madre y/o apoderado declara conocer las instalaciones de SPORTLIFE SAN MIGUEL y entiende que los camarines y baños son espacios utilizados por niños, niñas, adolescentes y adultos, por lo tanto, se compromete activamente a tomar todos los resguardos y responsabilizarse por el uso de dichos espacios con su hijo(a). El padre, madre y/o apoderado, declara conocer la existencia de cámaras que por motivos de seguridad vigilará y grabarán espacios comunes, los que se encuentran debidamente indicados en cada sector y plenamente visible a todos los usuarios(as) de dichas instalaciones.
Artículo 5°: PLANES DE ENTRENAMIENTO Y SU PAGO.-
Todo Alumno(a) deberá pagar oportunamente la suma de dinero que corresponda al precio del Plan de Entrenamiento de acuerdo a la forma de pago contratada en su Contrato Individual de Alumno(a) o Convenio Corporativo, los que pueden consistir en planes de “Pago Recurrente” o “Planes Prepago” mediante los cuales el alumno paga anticipadamente una cierta cantidad de meses accediendo a un valor rebajado, independiente de la forma o modalidad de pago.
Los servicios prestados por SPORTLIFE SAN MIGUEL (“Servicios”) y comprendidos en estos Planes incluyen los servicios y productos especificados para cada plan.
El precio (comprendido dentro de éste la membresía, matrícula y activación) podrá ser reajustado por SPORTLIFE SAN MIGUEL los días primero (01) de enero de cada año de acuerdo con la variación que experimente el IPC en forma acumulada del año anterior, entregado por el Instituto Nacional de Estadística o la institución que lo reemplace. En caso de variación negativa, se mantendrá el precio reajustado del año anterior. Por último, SPORTLIFE SAN MIGUEL estará facultado para modificar el precio y podrá dar aviso por escrito al Alumno con un mes de anticipación (treinta (30) días corridos). Para mayor claridad, se deja expresa constancia que no es necesario dar este aviso anticipado tratándose de la aplicación de reajuste por IPC referido arriba, y, a mayor abundamiento por aplicación legal de impuestos.
Si por cualquier circunstancia, el cargo en la tarjeta de crédito/débito con pago recurrente no se efectúa en la fecha indicada, SPORTLIFE SAN MIGUEL podrá insistir en el cobro hasta que se realice el cargo, lo cual podrá llevarse a cabo en una fecha distinta y cobrar la totalidad de las mensualidades y/o multas acumuladas. Así mismo SPORTLIFE SAN MIGUEL podrá realizar directamente el cobro al Alumno en la recepción. En caso de retardo en el pago de la Mensualidad por más de cinco días corridos, sea por rechazo de cobro en la Tarjeta de Crédito por falta de fondos o por otra causa imputable al Titular, SPORTLIFE SAN MIGUEL cargará en el medio de pago escogido para el Contrato, la suma de $3.000 pesos a título de multa convencional.
Sin perjuicio de lo anterior, si el pago no se puede hacer en la fecha acordada, el contrato de forma automática pasará a estado de “mora”, sin necesidad de emplazamiento o aviso de ningún tipo. Mientras el contrato se encuentre en estado de “mora” el acceso a las instalaciones se encontrará bloqueado automáticamente.
En caso de incumplimiento, mora o retardo en el pago de una (1) o más mensualidades consecutivas o no, SPORTLIFE SAN MIGUEL podrá poner término al contrato de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento de ningún tipo.
El Alumno(a) autoriza expresamente a SPORTLIFE SAN MIGUEL para requerir y efectuar el cargo en su tarjeta de crédito/débito a través de Pago Recurrente según sea el caso, de todas y cada una de las mensualidades o cuotas de pago pactadas en el contrato de Alumno(a) que éste ha celebrado con la empresa conforme a las condiciones del “Plan PAGO RECURRENTE” que constan en el presente instrumento, durante toda su vigencia, independiente de si el Alumno(a) utiliza o no los servicios puestos a su disposición.
El Alumno(a) declara conocer y aceptar que constituye condición esencial del presente convenio por el plan contratado, el mandato o instrucción expresa que otorga a la entidad correspondiente para el cargo en su tarjeta de crédito/débito a través de Pago Recurrente, según sea el caso, de todas las mensualidades o cuotas de pago pactadas, durante toda la vigencia del plan contratado. La modalidad de pago recurrente y automático, no puede ser modificado unilateralmente, por loque, el Alumno(a) se obliga a entregar un medio de pago recurrente válido, sea este en virtud de una tarjeta de crédito. En caso contrario, SPORTLIFE SAN MIGUEL se encuentra facultado para terminar el contrato unilateralmente.
Artículo 6°: VIGENCIA DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE ALUMNO(A).-
El Plan de Entrenamiento comenzará a producir sus efectos a contar de la fecha estipulada en el Contrato Individual de Alumno(a) o Convenio Corporativo y tendrá la duración que se indique en dicho contrato.
El Alumno(a) podrá suspender o prorrogar la vigencia del Contrato, únicamente de la forma y condiciones que se establecen en el Contrato Individual respectivo.
Planes en modalidad de pago recurrente
El plan en modalidad de pago recurrente estará vigente desde la Fecha de Inscripción hasta la Fecha de Término. El Contrato se renovará automática y sucesivamente a la Fecha de Término, por períodos iguales de un mes cada uno.
El Alumno podrá poner término al Contrato de pago recurrente en todo momento con antelación mínima a la fecha de término efectiva de 30 (treinta) días corridos contados de la fecha de terminación efectiva, debiendo solicitarlo de manera presencial y por escrito en el Counter de la sede respectiva. El prestador facturará al Alumno(a) los treinta (30) días que contempla el trámite de terminación de la afiliación, tiempo durante el cual el Alumno (a) podrá hacer uso de las instalaciones de SPORTLIFE SAN MIGUEL.
Artículo 7°: DEL PAGO DE MATRICULA Y ACTIVACIÓN.-
Cada Alumno(a) Nuevo debe pagar a SPORTLIFE SAN MIGUEL, además del precio por el Plan de Entrenamiento contratado, el costo de la matrícula y activación de cada club. Para efectos de lo anterior, se considera como Alumno(a) Nuevo todo aquel que tenga vencido su plan por más de seis meses. Los Alumno(a)s que tengan vencido su plan entre 60 días y 180 días, sólo deberán pagar a SPORTLIFE SAN MIGUEL la suma correspondiente a la activación. Todos los Alumno(a)s que renueven su Contrato dentro del plazo de 60 días corridos, quedan exentos del pago de activación y matrícula.
Artículo 8°: RENOVACIÓN DEL CONTRATO.-
Para mantener la continuidad del servicio al término del Contrato, el Alumno(a) deberá renovarlo como máximo dentro de los diez días hábiles anteriores a la fecha de expiración del respectivo Contrato. De lo contrario, SPORTLIFE SAN MIGUEL se reserva el derecho de no admitir el ingreso a la Academia de Gimnasio a los Alumno(a)s con su plan vencido, hasta que esta situación no sea revertida.
El plan en modalidad de pago recurrente se renovará automática y sucesivamente a la Fecha de Término, por períodos iguales de 12 (doce) meses cada uno.
Artículo 9°: DERECHO DEL ALUMNO(A) A REEMBOLSO.-
De conformidad y mediante el Contrato Individual que firma cada Alumno(a) con SPORTLIFE SAN MIGUEL, se contrata un servicio cuya duración es de plazo fijo, tenga renovación automática o no, según lo estipulado en dicho Contrato. El precio convenido como contraprestación por el servicio se paga en la forma también regulada en dicho acuerdo.
En ningún caso, la inconcurrencia del Alumno(a) o la periodicidad de su asistencia al club será condicionante para la duración o vigencia del contrato. Las partes en forma individual no podrán poner término por anticipado al contrato, salvo las causales establecidas en el presente Reglamento. Sin perjuicio de que, si el Alumno(a) lo estima conveniente, puede dejar de hacer uso del servicio que SPORTLIFE SAN MIGUEL pone a su disposición.
Las únicas causales por las cuales el Alumno(a) podrá solicitar el reembolso de su Plan de Entrenamiento por las sumas de dinero que hubiese pagado por Planes de Entrenamiento trimestrales, semestrales o anuales, excluyendo a la matrícula y activación de todo reembolso, son:
Los respectivos certificados de defunción o médicos deberán ser presentados por un representante del Alumno(a) a SPORTLIFE SAN MIGUEL conjuntamente con la solicitud escrita, en el plazo máximo de 10 días corridos contados desde que ocurrieron los hechos que dan derecho al traspaso o reembolso. Si en este plazo no se presentase el respectivo certificado, no habrá derecho a reembolso alguno.
En cualquiera de estas circunstancias el Alumno(a) o su representante, tendrá derecho a que se le reembolse la cantidad proporcional a lo que resta del contrato, pero sólo por concepto de Planes de Entrenamiento trimestrales, semestrales o anuales, quedando excluido de todo reembolso el Plan mensual y los Planes derivados de Convenios Corporativos, aunque se dé algunas de las circunstancias descritas en las letras a-b del párrafo anterior.
La Academia de Gimnasio se reserva el derecho de certificar alguna de estas circunstancias, por sus propios medios.
En todo caso, los reembolsos que procedan de acuerdo a los párrafos anteriores se harán en razón de descontar del Plan contratado todos los meses ya vencidos. Además, a toda suma a reembolsar,
se le aplicará un descuento del 20% por concepto de gastos administrativos y operativos de SPORTLIFE SAN MIGUEL.
Las situaciones médicas que, habiendo sido respaldadas oportunamente con la debida documentación (Certificado médico válido para licencias de hasta 5 días y Carpeta médica acompañada de estudios para licencias cuya duración sea mayor a 5 días. Ambos entregados dentro de los 3 días hábiles siguientes a su emisión de forma personal o representada en la recepción de cada club) serán evaluadas por SPORTLIFE SAN MIGUEL, en cuanto a la suficiencia de su justificación para conceder la congelación o el traspaso del plan contratado a un tercero.
Para los Planes de Convenios Corporativos, el Alumno(a) o su representante sólo podrán acceder a su congelación de acuerdo al Convenio respectivo, lo que tendrá que requerir directamente a Área de Convenios Corporativos, mediante el departamento de Recursos Humanos de su propia empresa en Convenio.
Beneficio de congelación para planes en modalidad de pago recurrente
El Alumno(a) que tenga contratado un plan en modalidad de pago recurrente, tiene máximo treinta (30) días naturales, de forma anual, de congelación de su plan. En caso de optar por una congelación antes del cumplimiento del año, este tiempo de congelación serán la cantidad proporcional al tiempo de vigencia del plan.
En caso de licencia médica, SPORTLIFE SAN MIGUEL podrá ampliar dicho plazo de congelación hasta 180 días corridos. Para realizar esta solicitud, el Alumno(a) deberá enviar junto a su solicitud, copia de la licencia médica y un informe médico de la condición médica del Alumno(a). SPORTLIFE SAN MIGUEL a su sola discreción, podrá acceder a la solicitud o pedir mayores o nuevos antecedentes, otorgando (o no) días de congelación hasta un máximo de 180.
Para aplicar a este beneficio de congelación el Alumno debe encontrarse al día en el pago de su plan. Durante el período de congelación, el Alumno(a) no podrá realizar solicitudes de terminación del contrato de acuerdo a lo que se detalla más adelante.
Para que sea procedente este beneficio, se deberá cumplir con los siguientes requisitos copulativos:
En caso de que el Alumno(a) desista de la congelación, para ser reactivado, pagará el cien por ciento (100%) de los días restantes del mes que pretende disfrutar de los servicios. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expuestos en el presente capítulo, no dará lugar a los beneficios tratados en el apartado anterior.
Artículo 10°: RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES PREVIAS DEL ALUMNO(A).-
Artículo 11°: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.-
La Academia de Gimnasio no se hará responsable por las lesiones o patologías no declaradas por el Alumno(a)(a) al momento de su inscripción o de aquellas surgidas posterior a dicho momento, que no hayan sido declaradas dentro de las 48 horas de ocurrida la lesión o diagnosticada la patología, o sufridas producto de ejercicios mal ejecutados o por manipulación indebida, negligente o descuidada de la maquinaria o implementos. Si hubiese que declarar lesiones y enfermedades preexistentes, estas deberán ser declaradas por el Alumno(a) de acuerdo al artículo anterior, acompañando el certificado médico correspondiente, de lo contrario se entenderá que no fueron declaradas por este último.
Todo Alumno(a) que se inscriba a SPORTLIFE SAN MIGUEL, lo hará voluntariamente y bajo su exclusivo riesgo y responsabilidad.
El Alumno(a) entiende que los riesgos inherentes de realizar ejercicio o entrenamiento físico, lo que ha sido previamente explicado por el personal de SPORTLIFE SAN MIGUEL. Asimismo, reconoce que dicho entrenamiento requiere un esfuerzo físico, que puede ser extenuante y puede causar lesiones físicas, y está plenamente consciente de los riesgos y peligros involucrados. Desde ya, el Alumno(a) asume la responsabilidad total de cualquier riesgo, lesión y/o daño, conocido y desconocido, que podría incurrir como resultado de entrenamiento cardiovascular y/o de fuerza.
Sin perjuicio de lo anterior, para la realización de entrenamiento sea realizado con implementos, máquinas o de cualquier otra forma disponible en SPORTLIFE SAN MIGUEL, el Alumno(a) debe entrenar con una postura corporal adecuada y siguiendo las instrucciones de las máquinas, implementos y/o de nuestro personal. El Alumno(a) será responsable de la correcta utilización de aparatos y maquinarias disponibles, así como los riesgos, lesión y/o daño que cause a sí mismo u otros, ante la falta de protección adecuada o mal uso de dichos implementos.
En atención a lo expuesto libera a SPORTLIFE SAN MIGUEL, sus miembros y demás participantes de toda y cualquier responsabilidad que a cualquier título y bajo cualquier fuente de responsabilidad pudiera derivarse para estos de la utilización los servicios contratados, en especial en cuanto al uso de máquinas cardiovasculares. De este modo renuncia expresamente en forma total, plena, absoluta, definitiva e irrevocable a toda clase de acciones que pudieren corresponderle en su contra, sean éstas de carácter penal, civil, laboral, de seguridad social, administrativo o infraccional, y que directa o indirectamente pudieren emanar de la utilización del servicio.
SPORTLIFE SAN MIGUEL no se hará responsable por las lesiones o patologías no declaradas por el Alumno(a) que sufra o pueda sufrir el Alumno(a) al momento de su ingreso al área, o sufridas producto de actividades propias de la actividad deportiva contratada. Si hubiese que declarar lesiones y enfermedades preexistentes, estas deberán ser declaradas por el Alumno(a) de forma previa al ingreso a clases, acompañando el certificado médico correspondiente, de lo contrario se entenderá que no fueron declaradas por este último.
El Alumno(a) declara en este acto que entiende íntegramente las obligaciones establecidas en este Reglamento.
Artículo 12°: PROHIBICIONES DEL ALUMNO(A).-
Queda prohibido al Alumno(a) o usuario, cualquier acto o conducta que no se relacione con el objeto de SPORTLIFE SAN MIGUEL, o que vaya en contra de su propia seguridad o la de los demás Alumno(a)s o instalaciones de SPORTLIFE SAN MIGUEL, las que a continuación se detallan:
Asimismo, está estrictamente prohibido a los Alumnos dejar sus pertenencias en las dependencias de Sportlife cuando no están entrenando o están fuera de éstas. En caso de que al horario de cierre de la Sede permanezcan objetos dentro de los casilleros, se entenderán que éstos han sido abandonados por el Alumno, permitiendo tácitamente la desocupación de estos casilleros.
En caso de que un Alumno(a) ocasione daños o deterioros al material del gimnasio debido al descuido o ejercicio que no ha sido indicado por un profesor, por culpa o dolo, éste deberá pagar o reembolsar a SPORTLIFE SAN MIGUEL el valor del daño ocasionado y SPORTLIFE SAN MIGUEL se encontrará facultado a dar término inmediato al presente contrato sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 13°: OBLIGACION DEL ALUMNO(A).-
Artículo 14°: RESERVA DE DERECHOS DEL GIMNASIO RESPECTO DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO(A).-
El Alumno(a) declara conocer los servicios que presta la Academia de Gimnasio y que ha contratado a sabiendas una universalidad de servicios y no una clase o un profesor en particular, por lo que acepta que SPORTLIFE SAN MIGUEL se reserve el derecho de modificar unilateralmente por necesidad del servicio los horarios generales de funcionamiento de sus clubs y/o clases; de agregar, modificar y/o eliminar programas, maquinaria, clases o actividades ofrecidas, o los profesores que practican las clases; y modificar los listados de precios que se ofrecen.
Artículo 15°: TÉRMINO DEL CONTRATO, SIN DERECHO A REEMBOLSO Y RESERVA DE DERECHOS.-
La Academia de Gimnasio se reserva el derecho a dejar sin efecto el Contrato Individual de Alumno(a), sin derecho a reembolso alguno, si cualquier Alumno(a) no cumple con alguno de los artículos del presente Reglamento, o si este incurre en alguna de las siguientes conductas:
SPORTLIFE SAN MIGUEL se reserva el derecho de terminar el Contrato Individual del Alumno(a) de manera inmediata, sin necesidad de notificación previa ni derecho a indemnización, en caso de que el Cliente sea sorprendido incumpliendo una orden judicial válida emitida por una autoridad competente. La terminación del contrato será efectiva de inmediato y la Empresa sólo enviará una carta al domicilio informado por el Alumno(a) con el objeto de poner en su conocimiento el término de su Contrato ya acaecido debido al incumplimiento de la orden judicial. Notifique al Cliente por escrito de su decisión de terminar el contrato
Artículo 16°: CARÁCTER INTRASFERIBLE E INTRANSMISIBLE DEL CONTRATO DE AFILIADO.-
El Contrato Individual de Alumno(a) tiene carácter de intransferible e intransmisible, de manera tal que no puede ser objeto de cesión alguna, ya sea por acto entre vivos o por causa de muerte. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 6 del presente Reglamento.
Artículo 17°: CIERRE EXTRAORDINARIO DE LA ACADEMIA DE GIMNASIO.-
SPORTLIFE SAN MIGUEL se reserva el derecho de cerrar la Academia de Gimnasio o sus clubs o ciertas áreas de servicios, sin que se encuentre obligado a recuperar los días u horas cerradas, en los siguientes casos:
Para el caso de planes multiclubs, el Alumno(a) declara estar en pleno conocimiento de que adquiere el derecho a entrenar en cualquiera de los clubs dispuestos para su categoría, por lo que, si alguna de los clubs cierra por remodelación, el Alumno(a) podrá seguir utilizando el servicio en cualquiera de los clubs de su categoría en la zona o Región o en Santiago, si así lo necesita.
Artículo 18°: PÉRDIDAS Y EXTRAVIOS.-
complementario, en consecuencia, no se hace responsable de ningún robo o pérdida de cualquier objeto que estén dentro de los vehículos de los Alumno(a)s que se encuentren en estacionamientos que no pertenezcan a la Academia de Gimnasio. Asimismo, tampoco se responsabiliza por el robo o daño a cualquier tipo de vehículo, entendiéndose por esto: Autos, Motos, Bicicletas y otros.
En vista de lo señalado en la presente cláusula, el Alumno(a) entiende que los servicios de SPORTLIFE SAN MIGUEL no son de custodia, ni un seguro antirrobo o pérdida, por lo que, libera al Gimnasio de toda responsabilidad derivada del extravío de su llave y/o de la pérdida, extravío o destrucción de sus objetos personales a consecuencia de su propia negligencia o de acciones de terceros que no sean funcionarios o dependientes de SPORTLIFE SAN MIGUEL, en la medida en que dicha pérdida, extravío o destrucción no suponga dolo o negligencia directa y grave por parte del Gimnasio o de sus dependientes. En dichos casos, de conformidad a lo establecido en el artículo 15° de la Ley N°19.496, la responsabilidad de SPORTLIFE SAN MIGUEL se limita a utilizar y/o poner a disposición del Alumno(a) afectado todos los medios que estén a su alcance para colaborar con éste para poner sin demora al presunto infractor a disposición de las autoridades competentes y/o a perseguir y acreditar la responsabilidad penal y/o indemnizatoria del infractor. SPORTLIFE SAN MIGUEL pondrá a disposición de Carabineros o Policía de Investigaciones, previo oficio del tribunal competente, cualquier antecedente que sea solicitado con el fin de esclarecer los hechos.
Artículo 19°: MENORES DE EDAD.-
Todos los menores de dieciocho (18) años y mayores de catorce (14) años podrán entrenar en SPORTLIFE SAN MIGUEL, para ello sus padres y/o representantes legales deben suscribir el respectivo Contrato Individual, la copia de este Reglamento y firmar un Consentimiento Informado, que se comprometen a respetar.
Para la utilización de las instalaciones y equipos, el menor de 14 años de edad deberá contar un certificado médico que autorice el entrenamiento en gimnasios y sólo podrá entrenar y utilizar las instalaciones de SPORTLIFE SAN MIGUEL bajo supervisión de un profesor de nuestro Staff a través del servicio de entrenamiento personalizado, que deberá ser adquirido por el padre y/o representante legal, previo al ingreso del niño/a a las dependencias de SPORTLIFE SAN MIGUEL o en virtud de una modalidad de oferta dirigida directamente a niños menores de 14 años, siempre que el padre y/o representante legal haya aceptado y firmado el Reglamento del servicio respectivo, firmando el consentimiento informado correspondiente.
El padre, apoderado y/o tutor legal, manifiesta que conoce el tipo de servicio, las instalaciones y maquinarias que se ponen a disposición del menor y que entiende que es un establecimiento compartido con población mayor de edad, por lo que, se compromete a supervisar y tomar los resguardos necesarios para que el niño, niña o adolescente bajo su responsabilidad, entrene de forma segura y en respeto de todos sus derechos.
Para todos los menores de edad, un profesor de SPORTLIFE SAN MIGUEL hará la prescripción del ejercicio considerando sus capacidades física y desarrollo. El padre, apoderado y/o tutor legal acepta el programa de entrenamiento para su representado; si en algún caso, el apoderado no
estuviera de acuerdo con este plan, tendrá que manifestarlo dentro de las 72 horas posteriores a la entrega del plan, pero antes del inicio de dicho entrenamiento, de lo contrario se entiende como aceptado.
Artículo 20°: NORMAS ESPECÍFICAS POR ÁREA. –
En cada club existen normas establecidas para el adecuado uso de las diferentes áreas que existan (sala de clases de ciclismo indoor, sala de clases dirigidas, sala de clases acondicionamiento físico, norma de Área Cardiovascular, Reglamento PT y/o de las diferentes disciplinas impartidas por SPORTLIFE SAN MIGUEL, norma para Área de Máquinas y Pesos Libre, camarines, estacionamientos, cafetería y/o lounge, etc.), todas estas deberán ser respetadas, al igual que el presente Reglamento y los Reglamentos Internos de los Centros Comerciales donde se ubican las Academias de gimnasio, por todos los Alumno(a)s SPORTLIFE SAN MIGUEL. En caso de incumplimiento grave y/o reiterado de estas normas, SPORTLIFE SAN MIGUEL podrá poner término al Contrato de la forma establecida en el Artículo 13 precedente.
Artículo 21°: POLÍTICA DE SEGURIDAD.-
El Alumno(a) autoriza a SPORTLIFE SAN MIGUEL para que éste, mediante distintos sistemas de vigilancia y monitoreo con que cuenta en cada Club grabe las actividades desarrolladas por él al interior de sus instalaciones, a fin de garantizar la seguridad y bienestar de todos sus Alumno(a)s.
Estas imágenes son utilizadas con el exclusivo fin de resguardar la seguridad de las instalaciones y serán compartidas sólo cuando la autoridad policial y/o judicial lo solicite.
Sin perjuicio de lo establecido en el propio Reglamento de Alumno de SPORTLIFE SAN MIGUEL, el Alumno autoriza expresamente la utilización de su imagen en las difusiones o promociones o apariciones en los distintos medios que SPORTLIFE SAN MIGUEL use para difundir sus instalaciones y/o servicios, sin ningún tipo de compensación económica, sean estos por redes sociales, prensa escrita, digital, afiches, lienzos, radio, televisión, etc. La presente autorización no expirará si el Alumno(a) deja de participar en las actividades de SPORTLIFE SAN MIGUEL.
Artículo 22°: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.-
El Alumno(a) autoriza expresamente a SPORTLIFE SAN MIGUEL:
El Alumno(a) tendrá derecho en cualquier momento a acceder a sus datos personales, a que estos sean rectificados, modificados o a denegar su utilización, ingresando directamente a su sesión en el sitio web con su usuario y contraseña secreta.
La información personal de los Alumno(a)s a la que se refiere ésta cláusula, permanecerá en las bases de datos de SPORTLIFE SAN MIGUEL hasta por un período de cinco años posteriores al término del servicio.
SEGURIDAD DE DATOS.
SPORTLIFE SAN MIGUEL adoptará las medidas necesarias y prudentes para resguardar la seguridad de los datos, como sistemas de encriptación de información, certificados de seguridad u otros que la empresa estime pertinente. En caso de detectarse cambios en la información o bien, ante cualquier irregularidad en las transacciones relacionadas con su identificación o la del medio de pago, o simplemente como medida de protección a su identidad, nuestros ejecutivos podrán contactarlo por vía telefónica o correo electrónico, a fin de corroborar sus datos e intentar evitar posibles fraudes.
Cualquier consulta puede ser efectuada a través de los canales de consulta digitales dispuestos en la aplicación, en la página web, en las recepciones digitales o en las recepciones físicas.
Sin embargo, los Usuarios y/o Compradores son exclusivamente responsables por la pérdida, mal uso o uso no autorizado del código de validación, ya sea por parte de los mismos o de terceros, luego de realizada la compra en la forma expresada en los Términos y Condiciones.
Datos personales:
Los Usuarios y/o Compradores garantizan que la información que suministran para la celebración del contrato es veraz, completa, exacta y actualizada.
De conformidad con la Ley 19.628, los datos personales que suministren pasarán a formar parte de una base de datos de SPORTLIFE SAN MIGUEL y serán destinados única y exclusivamente para ser utilizados en los fines que motivaron su entrega y especialmente para la comunicación en general entre la empresa y sus clientes, validar los datos de la compra y responder sus consultas. Los datos no serán comunicados a otras empresas sin la expresa autorización de su titular ni serán transferidos internacionalmente.
SPORTLIFE SAN MIGUEL jamás solicita datos personales o financieros a través de correo electrónico. SPORTLIFE SAN MIGUEL presume que los datos han sido entregados por su titular o por persona autorizada por éste, así como que son correctos y exactos. Los Usuarios y/o Compradores con la aceptación de los presentes Términos y Condiciones manifiestan que los datos de carácter personal que aporte a SPORTLIFE SAN MIGUEL pueden ser utilizados para Ofertas posteriores y distintas a las ofrecidas en El Sitio.
Sin perjuicio de lo anterior, SPORTLIFE SAN MIGUEL garantiza a los usuarios el libre ejercicio de sus derechos de información, modificación, cancelación y bloqueo de sus datos personales establecidos en la Ley 19.628. Por consiguiente, los compradores podrán realizar requerimientos que digan relación con dichos derechos y en un plazo máximo de dos días corridos, SPORTLIFE SAN MIGUEL deberá dar respuesta e implementar efectivamente esta solicitud.
Documentos Electrónicos:
El usuario en su calidad de receptor manual de documentos electrónicos, de conformidad con la Resolución Exenta N° 11 del 14 de febrero de 2003 del Servicio de Impuestos Internos (que estableció el procedimiento para que contribuyentes autorizados para emitir documentos electrónicos puedan también enviarlos por estos medios a receptores manuales), declara y acepta lo siguiente:
Al aprobar estos términos y condiciones, el usuario autoriza a SPORTLIFE SAN MIGUEL, para que el documento tributario correspondiente de esta transacción, le sea entregada solamente por un medio electrónico. De igual forma, autoriza que el aviso de publicación del documento tributario sea enviado mediante correo electrónico o manualmente en los locales de SPORTLIFE SAN MIGUEL.